¿ Pago IVA en mi póliza de seguro ?
Las primas de los seguros están exentas de IVA. Aunque en su lugar existen otros recargos.
El IVA es uno de los impuestos que se aplica a la mayoría de los productos y servicios. Pero en el caso de los seguros no es aplicable.
Pagos de tasas, impuestos y recargos en las pólizas de seguros
Aunque las pólizas de seguros no están sujetas al IVA según el artículo 20 de la Ley 37/1992 presentan otros tributos. Entre estos están, la tasa del Consorcio de Compensación de Seguros, el impuesto sobre Primas del Seguro y los recargos por el fraccionamiento de los pagos de la póliza.
La tasa del Consorcio de Compensación de Seguros está por la cobertura de determinados riesgos excepcionales no asumidos por algunas aseguradoras, como las catástrofes naturales o los daños producidos por vehículos sin seguro o vehículos robados, entre otros muchos casos. Este es un organismo público, y uno de sus medios de financiación es la inclusión de esta tasa por obligación legal en las pólizas de seguro.
En el caso del Impuesto sobre Primas del Seguro. Se trata de un tributo indirecto, que grava determinadas pólizas de seguros como de automóvil, hogar, accidentes, responsabilidad civil, entre otros. Este impuesto supone un 6% de la prima neta, es decir, del precio del seguro sin impuestos ni recargos de ningún tipo.
Además, están los recargos por el fraccionamiento de los pagos de la póliza. Las compañías suelen bonificar a los clientes que pagan la póliza de una sola vez, por lo que quienes paguen de manera fraccionada tendrán que hacer frente al pago de unos intereses.
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